Cómo se calculan las horas extra
La hora ordinaria de un sueldo mensual vale el sueldo dividido entre 240 (30 días × 8 horas). Sobre ese valor se aplican los recargos que establece el Código del Trabajo de Paraguay:
- Extra diurna: recargo del 50 % (se paga 1,5 veces la hora).
- Hora nocturna ordinaria: recargo del 30 %.
- Extra nocturna: recargo del 100 % sobre la hora nocturna (2,6 veces la hora).
- Domingo o feriado: recargo del 100 % (se paga el doble).
Hay fuentes que calculan la hora extra nocturna como el doble de la hora ordinaria, sin el recargo nocturno previo. Por eso conviene confirmar el criterio aplicable a tu caso. Más en esta guía.
Estimación referencial. Los convenios colectivos y los contratos pueden fijar reglas más favorables. Consulta al MTESS o a un abogado laboralista.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el valor de la hora extra en Paraguay?
Se divide el sueldo mensual entre 240 para obtener la hora ordinaria y se aplica el recargo: 50 % en horas extra diurnas, y 100 % en feriados y horas extra nocturnas.
¿Cuántas horas tiene la jornada ordinaria?
La diurna es de 8 horas diarias o 48 semanales; la nocturna (20:00 a 06:00), de 7 horas diarias o 42 semanales.
¿Hay un límite de horas extra?
En general, hasta 3 horas por día y 57 horas semanales entre ordinarias y extra, salvo situaciones excepcionales.
¿Las horas extra cuentan para el aguinaldo?
Sí. Forman parte de la remuneración devengada, y se tienen en cuenta en el aguinaldo.
¿Por qué hay dos formas de calcular la hora extra nocturna?
Algunas fuentes aplican el 100 % sobre la hora diurna y otras sobre la hora nocturna ya recargada. Nuestra calculadora usa la segunda. Confirma con el MTESS o un abogado.
¿Guardan mis datos?
No. Todo se calcula en tu navegador y no se envía a ningún servidor.